Mi empresa contrata Outsourcing ¿Cómo me afecta la reforma?

Actualmente tras la nueva reforma de subcontratación existe cierta incertidumbre entre las empresas que contratan Outsourcing acerca de cómo es que las empresas deben de abordar el tema.

Debido a que sus empleados dejarán de depender del Outsourcing y las empresas se verán afectados al tener que absorber toda esa carga a su empresa tras la reforma del Outsourcing.

A pesar de que las empresas estaban a la expectativa de que era lo que pasaría con esta reforma, todavía desconocen las modificaciones que se realizaron y muchas no saben cómo realizar la transición para contratar a sus colaboradores.

Para las empresas puede representar un costo administrativo y financiero, ya que tendrán que reestructurar y reincorporar a los trabajadores que tenían subcontratados, a su empresa.

Requisitos que debe de tener tu proveedor de Servicios Especializado.

Para que tu empresa pueda seguir la relación con tus proveedores de servicios especializados con la reforma del Outsourcing estos tendrán que brindarte ciertos requisitos para que ambas partes puedan cumplir con las normativas de la nueva reforma.

  • Contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mismo que tendrá que ser renovado cada 3 años y podrá ser cancelado por incumplimiento de obligaciones en materia laboral, fiscal y/o de seguridad social.
  • Acreditar que se encuentran al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social
  • Otorgar a los trabajadores la correspondiente participación en las utilidades, (se mantienen la tasa del 10% y el proceso de determinación); se establece tope máximo de 90 días de salario promedio, o en su caso el promedio de los últimos tres años, otorgando el que resulte de mayor beneficio para el trabajador
  • En caso de que se transfieran los trabajadores de un patrón a otro (del prestador de servicios de subcontratación, a la empresa o viceversa), se deberán respetar la antigüedad y derechos laborales que tengan al momento de la transferencia.

La Ley del Seguro Social obliga a los prestadores de servicios:

  • Comunicar cuatrimestralmente, a través de una declaración informativa al Instituto Mexicano del Seguro Social, los contratos de servicios incluyendo la información del personal involucrado.
  • Una vez entrando en vigor la reforma, se emitirán reglas en un plazo no mayor a 90 días naturales, que también se deberán observar.
  • En caso de que se incumpla el punto anterior, o la información sea presentada de forma extemporánea, se harán acreedores a una multa de 500 a 2,000 UMA.

ALCON

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¿Cómo ayudamos a tu empresa o a tus proveedores?

  • Realizamos el registro como servicio especializado ante la STPS.
  • Presentamos informes cuatrimestrales ante el IMSS para mantener el registro.
  • Realizamos opiniones de cumplimiento positivas ante el SAT IMSS e INFONAVIT.
  • Asesoramos y registramos a tus proveedores para el registro como servicio especializado.
  • Regularizamos la situación de tus proveedores ante la STPS.
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Contenido redactado por:
Lizeth López Lara | Licenciada en Comunicación
Brand Ambassador de ALCON

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