Pueden cancelar mi registro en REPSE

¿Pueden cancelar mi registro en REPSE?

Una de las mayores preocupaciones de las empresas al registrarse ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas es si es posible perder el registro.

La realidad es que es posible que lo pierdas o se cancele por razones que puedes estar desconociendo y quizás tu empresa se encuentra realizando en estos momentos.

Aprende cuáles son tus obligaciones ante el REPSE en nuestro blog Conoce cuáles son tus obligaciones ante el REPSE para mantenerte informado.

¿Pueden cancelar el registro REPSE de mi empresa?

La respuesta es sí, el registro de REPSE puede ser cancelado por distintas razones, lo importante ante esta situación es conocerlas.

Si tienes el conocimiento previo de cuáles son los posibles motivos por los cuales podrían cancelar tu registro ante REPSE, estarás previniendo pérdidas para tu empresa.

No es mentira cuando dicen que el conocimiento es poder y lo más importante es conocer cómo puedes evitar que se cancele el registro y pasar por momentos complicados al solicitar nuevamente el registro.

Lo que representará tiempo de espera para que sea aprobado, afectando las actividades de tu empresa.

Evita que te cancelen el registro REPSE, recuerda los beneficios de dicho registro. Para más información visita 5 Beneficios para empresas con registro en REPSE

¿Por qué pueden cancelarme el registro REPSE?

  • Prestar servicios que no estén registrados
  • Formar parte del objeto social o actividad principal del contratante
  • Existencia de adeudos firmes por créditos derivados por obligaciones fiscales o de seguridad social
  • Dejar de cumplir con los requisitos del registro
  • Incumplir con la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación Negarse a atender requerimientos de la STPS
  • No renovar el registro ante REPSE

¿Quieres aprender más sobre registro REPSE? Te invitamos a visitar nuestro blog REPSE ¿Qué empresas deben registrarse?

¿Qué se puede hacer si me cancelan el registro?

Si después de recibir la negativa, se actualizan los motivos previamente señalados, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social hará llegar una notificación a la persona moral o física que tiene un plazo de 5 días hábiles para que se manifieste, haga valer sus derechos y se pueda llegar a una resolución.

Por el contrario, si crees necesitar la ayuda de un experto en el área al tratarse de un tema que podría requerir inversión de tiempo, puedes hacerlo.

Recibirás la orientación que necesitas para poder llevar a tu empresa por el camino correcto, sin perder el registro REPSE o posible cancelación del mismo.

Conoce más del tema en nuestro blog Beneficios tramites REPSE con un despacho contable

En ALCON REPSE nos dedicamos a brindar asesorías a las empresas para que cumplan con todo lo planteado por la reforma de subcontratación.

¡Contáctanos! Puedes hacerlo a través de WhatsApp 

Síguenos en nuestras páginas de Facebook e Instagram

Visita nuestro Twitter para más noticias

Conéctate con nosotros por LinkedIn

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll to Top