Trámite de RFC para mayores de 18 años

¿Sabias qué… al ser mayor de 18 años deberás contar con tu RFC? Esto se debe a que el pasado mes de Septiembre del presente año, se publicó como parte del Paquete Económico 2022 una propuesta dentro de la cual se incluyeron cambios para diversas leyes.

En los cambios se incluyeron 4 puntos importantes como parte de la propuesta Miscelánea Fiscal 2022, dentro de los cuales destaca “RFC para mayores de 18 años”.

Es decir los jóvenes mayores de edad deberán inscribirse en el padrón de contribuyentes desde los 18 años aun y cuando no realicen ningún tipo de actividad económica, esto se debe principalmente a que en la actualidad es muy común que los ciudadanos mayores de edad requieran de su clave RFC para realizar ciertos tramites, por otro lado, con esto se pretende incentivar la incorporación lo más pronto posible a la vida laboral así como inculcar e impulsar la cultura tributaria.

Asimismo, a través del registro de mayores de 18 años se permitirá prevenir o bien desarticular acciones de robo de identidad, las cuales se han detectado sobre todo en casos de evasión.

Textualmente se indica la obligación de los ciudadanos ante el SAT en el nuevo quinto párrafo del apartado A del artículo 27, donde dice:

“Las personas físicas mayores de edad deberán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes. Tratándose de personas físicas sin actividades económicas, dicha inscripción se realizará bajo el rubro ” Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, conforme al Reglamento de este Código, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones o pagar contribuciones y tampoco les serán aplicables sanciones, incluyendo la prevista en el artículo 80, fracción I, de este Código”


Es importante que quede claro el hecho de que si no hay ingresos, no habrá obligaciones fiscales, es decir, no porque ahora los mayores de 18 años deban tener su RFC adquirirán obligaciones fiscales, pues en el caso de tratarse de adultos que no trabajen, podrán darse de alta dentro del rubro inscripción de personas físicas sin actividad económica, así no tendrá que realizar ningún tipo de contribución, declaración o pago de impuestos. Y en caso de comenzar a trabajar después deberá actualizar el estado de tu registro.

El registro será necesario y comienza a partir del 01 de enero de 2022, día en el que entra en vigor de manera oficial la reforma.

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